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Hace 50 años se dio una orden de represión feroz, hoy poco conocida
Por Hugo Gambini - 2 de Septiembre, 2012, 17:44, Categoría: Peronismo: régimen, caída e historia
Trasladémonos
al 03 de mayo de 2002 (N.R.) - No son tantos los argentinos que saben cómo se
encaraba la represión política durante los primeros dos gobiernos de Juan Domingo
Perón. Es evidente que los jóvenes militantes de los años 70, que lo trajeron
de nuevo al país, lo desconocían o no dieron crédito a muchos relatos de sus
mayores. De otra forma, no se comprende tan ardorosa defensa de quien había
avalado procedimientos similares a los que luego se emplearían contra ellos. Hace cincuenta
años se vivían duros enfrentamientos, porque a la oposición se le habían
cerrado todos los canales. La clausura de diarios y periódicos por la
"comisión Visca", el cierre de imprentas "por ruidos
molestos", el monopolio estatal de las radios y un gigantesco aparato de
propaganda oficialista no dejaban márgenes legales a los opositores para
expresarse libremente. Una situación que los llevaba a refugiarse en la prensa
clandestina, a usar la tiza y el carbón en las paredes, a multiplicar los
rumores y a vivir en permanente estado de conspiración. Esto último era lo que
más exasperaba al presidente, que vivía en medio de un obsesivo microclima de
obsecuencia donde reinaba la idea de una nueva sublevación. Ya se había
sofocado una en septiembre de 1951 y se pronosticaba otra en cualquier momento. Pero las
formas de la represión política no tenían demasiados misterios para Perón. En
abril de 1952, a
un mes y medio de iniciar su segundo mandato, tras superar el sesenta por
ciento de los votos y disfrutar del apogeo de su popularidad, el líder emitió
un documento reservado que nunca daría a publicidad y del que jamás hizo
mención en sus escritos y charlas posteriores. Se trata de un memorándum firmado
por él, que sería ignorado por la inmensa mayoría de sus partidarios. Fue
redactado por Guillermo Solveyra Casares, entonces jefe de Informaciones
Políticas de la
Presidencia, un siniestro personaje al que Perón había
sentado en 1946 en la Casa
Rosada para manejar Control de Estado, el máximo organismo
represor del nuevo gobierno. Aniquilar al adversario - El citado memorándum tenía cuatro carillas escritas a
máquina, sin membrete pero encabezado con un sello que decía "secreto
confidencial y personal". Llevaba como título "Orden General N° 1
(Prevención-Represión)". Fue distribuido internamente en copias
mimeografiadas y constaba de nueve cláusulas: 1) Propias fuerzas y misión; 2)
Intención opositora; 3) Procedimientos; 4) Vigilancia y selección ideológica;
5) Adoctrinamiento; 6) Organización de equipos de prevención y represión; 7)
Servicio de Informaciones; 8) Comando; 9) Comunicaciones. Su contenido
está especialmente dirigido a todos los servicios de la Presidencia de la Nación, ministerios y
reparticiones autónomas con sus organismos, y es también extensivo a la CGT, las dos ramas del Partido
Peronista y los gobiernos provinciales, para "formar un frente sólido,
activo y enérgico con la MISION
(así, con mayúsculas) fundamental de aniquilar a las fuerzas adversarias,
dirigentes y perturbadoras, con todos los medios y con la mayor energía y
decisión, ante cualquier preparativo o intento de alteración del orden
público". El término
aniquilar , de uso común en los reglamentos castrenses, tiene un significado
muy preciso: "reducir a la nada", dice el Diccionario de la Real Academia
Española. Fue por esta razón que dos décadas más tarde, en los decretos de 1975
contra la guerrilla, se colocó la expresión "aniquilar el accionar
subversivo" o sea, destruir la actividad de los guerrilleros, no a ellos,
aunque -como se sabe-, igual los mataron a todos. Aquella orden
confidencial de 1952, que nunca se convirtió en decreto pero cuyos efectos se
conocieron por la gran cantidad de delaciones, había sido más clara y directa.
Presumiendo que "el objetivo inicial del adversario sería un atentado
personal al Presidente de la
Nación", la cláusula de procedimientos ordenaba a la CGT y a la rama masculina del
Partido Peronista "contestar con miles de atentados". A ese efecto,
advierte el documento, "se han confeccionado listas de objetivos, de
locales y organizaciones extranjeras enemigas de nuestro gobierno que actúan en
común con los complotados y de personas opositoras que deben ser suprimidas sin
más, en caso de atentado al Excmo. Señor Presidente de la Nación". Para ejecutar
la "supresión de organizaciones y personas", el memo facilitaba el
procedimiento: "Las mencionadas listas, donde figuran domicilio y teléfono
van agregadas como anexo a las disposiciones especiales. [...] Se organizará
también el ataque y destrucción de las mencionadas organizaciones enemigas y
las operaciones punitivas contra los dirigentes de las mismas". Es cierto
que nunca se llevó a cabo la matanza prevista, como ocurriría en cambio con la
brutal represión de los años 70, pero el solo hecho de que trascendiera
semejante programa de delaciones y amenazas era suficiente para desconfiar de
sus inspiradores. Porque no es una casualidad que el comando fascista Las Tres
A, que inició sus operativos en 1974, surgiera de las mismas raíces, bajo un
gobierno de idéntico signo político. Registro de antecedentes - En cuanto a la actividad clandestina, como la supresión
de la libertad de prensa estimulaba a los opositores a insistir en los rumores
y los panfletos, la cláusula de procedimientos también establecía: "Si la
lucha psicológica opositora es efectuada escudándose en el anónimo, ya sea por
llamadas telefónicas, cartas, panfletos, volantes, etcétera, el afectado
llevará este hecho a conocimiento del Servicio de Informaciones de la
dependencia u organización a que pertenezca". A continuación se aclaraba:
"Los Servicios de Informaciones mantendrán informada a la Coordinación de
Informaciones de Estado de los actos que la oposición realice en este sentido,
y de las medidas adoptadas para neutralizarlos". Sobre la
repugnante delación de personas, la cláusula cuarta ordenaba "extremar,
organizar y establecer la vigilancia sobre el personal de Administración
Pública sindicado como opositor o indeciso", más la confección de "un
registro donde se anoten minuciosamente los antecedentes, tendencias
ideológicas de cada funcionario y empleado". Como es de suponer, el
individualizado "debe ser radiado de inmediato del servicio". Esta
presión sobre los empleados estatales sería aún más extrema en el Gran Buenos
Aires, donde, según la misma disposición, "solamente deben tener puestos
de responsabilidad y directrices los funcionarios, jefes y oficiales de probada
adhesión y lealtad al Gobierno Justicialista". La cláusula
quinta, de adoctrinamiento, obligaba tanto a las fuerzas armadas y policiales
como a los ministerios civiles a asignar "capital importancia" a la
tarea de instruir a todo su personal, "para lo cual se le impartirán
periódicamente exposiciones, conferencias y conversaciones", con el
propósito de que "neutralice infundios o rumores de la oposición".
Esta tarea se extendía, en la cláusula sexta, al resto de las dependencias
estatales y a las gobernaciones, las que prepararían equipos de "información,
prevención y represión ante la posibilidad de alteración del orden
público". A su vez, cada ministerio y organismo estatal debía "tener
organizado su servicio de informaciones, los que deben actuar en íntimo
contacto con la
Coordinación de Informaciones de Estado", de acuerdo con
lo que ordenaba la cláusula séptima, que exigía "desarrollar
ininterrumpidamente las tareas de información e investigación". El sistema de delaciones - Esta gigantesca concentración de datos, creada para
vigilar y perseguir no solamente a los opositores sino también a los empleados
públicos indecisos, estableció que todos los organismos -militares, policiales
y civiles-, debían concentrar sus comunicaciones "por teléfono, telégrafo,
radio, hombres de enlace y por contacto personal, entre el Comando Central y
las distintas reparticiones públicas, organizaciones gremiales y
políticas". Concretamente, se trataba de un monstruoso sistema de
delaciones en el cual debían participar todos los ciudadanos, ya fuera a través
del empleo en la administración pública (para no perderlo) o del delegado
gremial en una empresa privada (para no ser denunciado a la policía). Para que no
quedaran dudas sobre la autoridad que exigía el estricto cumplimiento de esta
"misión", la cláusula octava advertía claramente que "la Dirección Superior
de esta acción preventiva será ejercida por el Presidente de la Nación". El increíble
documento, suscripto de puño y letra por Perón, tiene debajo de su firma la
leyenda "Comando General Control de Estado. Casa de Gobierno", lo que
corrobora que las nueve cláusulas y sus listas anexas fueron elaboradas, a
pedido del presidente, por Solveyra Casares. Este eficiente funcionario, de
cuyo organismo dependía la
Sección Orden Político de la Policía, inicialmente había
tenido a su cargo la modernización de la conocida Sección Especial, una cámara
de torturas que se ocupó de reequipar con "nuevos instrumentos". Por
allí habían pasado durante el primer gobierno peronista desde estudiantes
universitarios hasta empleadas telefónicas y obreros ferroviarios en huelga.
Todos ellos serían luego nominados al comenzar el segundo gobierno en las
listas de "personas que deben ser suprimidas". Tal vez muchos
jóvenes se sorprendan hoy de que estos métodos represivos hayan sido delineados
durante el peronismo histórico, antes de que irrumpieran los regímenes
militares de Aramburu, Onganía o Videla. Pero la verdad histórica es así, cruda
y despiadada, como la represión política, que se conoce en la Argentina desde hace
mucho más de medio siglo. Desde 1930. Por Hugo
Gambini Periodista. Autor de Historia del peronismo (Planeta): 1. El poder total (1943-1951), 2. La obsecuencia (1952-1955) . Viernes 3 de mayo de 2002. Publicado en edición impresa del Diario "La Nación"
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